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Cátedra Libre “Julio Flórez Plaza”

Escuela Básica de Ingeniería
Universidad de Los Andes

                                                                                                 
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PREMIO A LA EXCELENCIA DR. JULIO FLÓREZ PLAZA

AREA: MATEMÁTICA.

R E G L A M E N TO

ARTÍCULO 1: A fin de estimular y motivar a los estudiantes de la Facultad de Ingeniería, en el área de la Matemática, se crea el Premio a la Excelencia "Dr. Julio Flórez Plaza".

ARTÍCULO 2: El premio a la Excelencia "Dr. Julio Flórez Plaza" formará parte de las actividades que se realizarán dentro del marco de la Cátedra Libre "Dr. Julio Flórez Plaza".

ARTÍCULO 3: Solo podrán optar a este premio, los estudiantes regulares de la Facultad de Ingeniería que hayan mantenido un 100% de rendimiento y se encuentren cursando el V o VI Semestre de su carrera.

ARTÍCULO 4: El premio solo podrá ser otorgado una sola vez por estudiante.

ARTÍCULO 5: El premio se otorgará anualmente en la Conmemoración del Aniversario de la Escuela Básica de Ingeniería "Dr. Julio Flórez Plaza", al estudiante de mejor promedio aprobatorio de las asignaturas Cálculo 10, Cálculo 20, Cálculo 30 y Cálculo 40 o Matemática 40.

ARTÍCULO 6: El premio consistirá de un Diploma de reconocimiento signado por el Coordinador de la Cátedra, el Director de la Escuela Básica y el Decano de la Facultad de Ingeniería y una asignación en metálico proveniente de todos los intereses devengados en el año anterior, por una cuenta Bancaria: Fondo de Activos Líquidos, No. del Banco ,abierta para tal fin.

ARTÍCULO 7: La cuenta bancaria FAL descrita en el artículo 5. tendrá un capital Inamovible de Quinientos mil Bolívares (Bs. 500.000,oo), aportados por la Familia Flórez López, y todos los recursos financieros que se le asignen o se consigan para la Cátedra por cualquier vía y estará bajo la responsabilidad del Coordinador de la Cátedra Libre "Dr. Julio Flórez Plaza" .

ARTÍCULO 8: La cuenta FAL descrita anteriormente será manejada con dos firmas mancomunadas, del Coordinador de la Cátedra Libre y el Administrador de la Facultad de Ingeniería.

ARTÍCULO 9: Lo no previsto en este reglamento y las dudas que surjan de su aplicación, serán resueltas por el Consejo de la Facultad de Ingeniería.

A los dos días del mes abril de 1995.

Edilio E. Villegas D.
Decano






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